El tiempo, los procedimientos digitales y las cosas de las que somos responsables

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Hace unas semanas, el 9 de junio, Carlos Caro ensayó en El Comercio una aproximación a los desafíos que representará introducir procedimientos digitales en la actividad judicial, que hasta hoy ha estado organizada sobre la base de papeles escritos y sellos de recepción. En esa entrega Carlos puso el énfasis, con acierto, en el problema que con más insistencia ha comenzado a marcarse en los países que ya han abordado el intento: la organización de los juicios. ¿Es en realidad posible depositar todo el peso ritual que hemos asignado al juicio como espacio de comunicación y toma de decisiones en herramientas digitales que reducen las cosas a una ventana?

Hay una serie de trámites en los que la adaptación de herramientas digitales será sumamente sencilla: la introducción de firmas para el despacho de comunicaciones por vía electrónica se sumará a la notificación por casillas, que ya estaba en uso. La comunicación entre órganos públicos, la grabación de testimonios en audio y video, como recipientes auténticos, no como herramientas temporales usadas “en espera de una transcripción” y el uso de archivos PDF de acceso compartido, constituye en realidad una “puesta al día” con procedimientos de registro que ya se emplean en todos los demás ámbitos de la actividad formal.

Pero los juicios son otra cosa. Carlos acierta cuando trae a nuestro medio esta discusión.  De hecho la publicidad del juicio deberá trasladarse a la televisión o a Internet. Podremos prescindir de la presencia del acusado si su ubicación está asegurada. Pero más allá de esos detalles, el espacio digital es útil para muchas cosas, pero poco útil para muchas otras. Tendremos que confiar en que la experiencia enseñe a los jueces a diferenciar cuándo basta con una videoconferencia abierta al público y cuándo no.

Los juicios presenciales no son imposibles en tiempos de distancia obligatoria. Solo hay que reducir los casos en que se usan a aquellos en que resulte imprescindible emplearlos.  Hacerlos en condiciones seguras no es en verdad tan difícil. Basta con que se instalen salas con cubículos de vidrio transparente que aíslen a los actores entre sí y reduzcan a “0” los riesgos de contacto por aspersión. Me pareció curioso encontrar que los gimnasios hallaron esta solución ahí donde ya funcionan antes que los tribunales. Un cubículo por persona o por dos personas si la defensa necesita estar en contacto con su cliente (riesgos de pruebas transferidos a quien opte por esta opción) y asunto resuelto. Con un apropiado equipo de sonido los cubículos de vidrio transparente resuelven con bastante simpleza el problema de la inmediación, aunque claro, no es un recurso gratuito en dinero, de modo que los criterios que definan cuándo y por qué usar estos ambientes deben ser definidas con cuidado.

Lo que me parece un verdadero dilema a resolver no está entonces aquí. Está en la organización del tiempo.

Si repasamos las cosas con cuidado encontraremos una serie de señales que muestran cuál es la verdadera relación del tiempo y la congestión del trabajo que las formas de actuar que predominan en juzgados y las fiscalías han venido ocultando, sin notarlo. La sobreutilización del papel invisibiliza el tiempo que se consume. Y el tiempo no es un recurso infinito. Sus límites explican fenómenos como el retardo en los casos legales, la acumulación de “tiempos muertos” en los procedimientos y los problemas de indefinición que hacen que más casos que los que queremos sean postergados sistemáticamente bajo diferentes coartadas institucionales, de la que la devolución (nulidad, devolución, nueva nulidad) es solo la más flagrante.

De varias maneras la digitalización de los procedimientos judiciales y fiscales va a obligarnos a sincerar la forma en que usamos el tiempo en cada caso pendiente de decisión. El efecto colateral de la digitalización se encuentra en la posibilidad de medir las cosas, de manera que los tiempos muertos no podrán permanecer ya escondidos en los anaqueles de archivos insondables.

Pues bien. La programación y registro de actividades en plataformas inteligentes va a facilitarnos hacer cálculos que pongan en evidencia cuánto tiempo aplicamos verdaderamente a cada caso y cuánto tiempo perdemos “en el vacío” antes de tomar decisiones en asuntos que apenas hemos postergado por razones burocráticas. Pero además va a poner en evidencia cuál es la verdadera relación entre la cantidad de tiempo de trabajo de la que dispone un juez o un fiscal y la cantidad de asuntos que el sistema les asigna. Aparentemente hemos olvidado que el número de magistrados con que contamos es finito, las horas del día y los días de la semana también, y que la combinación de estos factores, unida a una estimación honesta del tiempo que necesitamos para investigar, conocer y decidir un caso, produce coeficientes que miden cuánto en verdad podemos hacer de manera responsable.

La cuestión a resolver entonces es si ahora, que la distancia social obligatoria nos ha empujado a cambiar nuestras rutinas, podremos verdaderamente sincerar la forma en que encaramos los espacios de actividad legal que, aunque nos gusta ignorarlo, no son pozos de fondo infinito a los que podamos seguir arrojando expedientes sin notar que representan asuntos que afectan a personas.

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