Decisión no toma en cuenta jurisprudencia del Tribunal Constitucional ni Ley Marco del Empleo Público
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), que preside José Luis Lecaros, resolvió por 5 votos a 1, disponer que los trabajadores de la institución que hayan acumulado cinco años de servicio bajo el régimen del Decreto Legislativo 728, antes del 23 de enero de 2020, ingresen a la planilla a plazo indeterminado, por desnaturalización del contrato de trabajo.
Además de Lecaros también respaldaron la decisión los consejeros Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas. El consejero Arévalo Vela emitió un voto en discordia.
¿Y la meritocracia?
Llama la atención que el máximo órgano de dirección del Poder Judicial no haya tomado en cuenta la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional ni la Ley Marco del Empleo Público, que señala que el ingreso al Estado debe ser por concurso público de méritos.
No hacen caso al experto
El CEPJ tampoco atendió la posición del juez supremo y consejero Javier Arévalo, considerado uno de los gurús del derecho laboral en el Perú. Para él, la incorporación a plazo indeterminado de aquellos trabajadores cuyo contrato exceda los cinco años, debe hacerse por mandato judicial y no por un acto administrativo.
Qué dirá la Autoridad Nacional del Servicio Civil, SERVIR, sobre esta decisión.


